Revisado el 13 de febrero de 2023.
Según Kelsen, en la Teoría Pura del Derecho, es el comportamiento estatuido como debido por una norma jurídica, el cual debe producirse. Por esta razón la «conducta debida» no equivale a la conducta fáctica y viceversa. Sin embargo, Kelsen señalaba que el término «conducta debida» puede ser ambiguo, puesto que puede significar, tanto (a) la conducta que debe producirse para cumplir la norma jurídica, esto es que aún es debida; o, (b) que fácticamente se produjo una conducta para cumplir con el deber u obligación que exige la norma jurídica. Ver: ¿Cuál es el sentido normativo de la palabra «deber»?, ¿cuál es la relación normativa entre «lo que es» y «lo debido»?
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