Acto administrativo reglado

Revisado el 24 de octubre de 2021.

El acto administrativo reglado es aquel que la ley a preestablecido la obligación, el modo y la competencia para obrarlo. El acto administrativo cuyo cuadro legal de formación no requiere una apreciación subjetiva de un órgano de la Administración pública. Ver: acto administrativo.